La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores ha elaborado un informe en el que analiza las condiciones laborales de los trabajadores/as de las viviendas de uso turístico.
Bajo el ´titulo “Tiempo de trabajo y salario en las viviendas de uso turístico”, el informe denuncia la existencia de un modelo laboral con base en prácticas fraudulentas caracterizado por precarias condiciones de trabajo.
Si bien es cierto que Castilla-La Mancha no es de las comunidades más afectadas por la proliferación de este tipo de viviendas, en algunas zonas de la región si están empezando a suponer un problema. Y para poder controlar el crecimiento de alquileres turísticos, y evitar el uso especulativo de la vivienda, desde el pasado 1 de julio es obligatorio un número de registro para que estas viviendas de uso turístico puedan operar en plataformas. Además, se deberá especificar si el alquiler es por habitaciones o por vivienda completa. De este modo los pisos turísticos ilegales no podrán anunciarse en dichas plataformas.
Desde UGT CLM consideran un avance esta medida, pero advierten de otro problema que están generando estas viviendas turísticas, y es un modelo laboral con condiciones de trabajo precarizadas, y en ocasiones con prácticas fraudulentas.
Según el informe del sindicato a nivel nacional, la mayoría de las tareas de limpieza en estas viviendas son desempeñadas mayoritariamente por mujeres migrantes que carecen de contrato laboral, cobertura legal o protección social. Realizando una estimación de, al menos, 10.900 personas en España que estaría trabajando en situación de economía sumergida, lo que implicaría una pérdida superior a los 35 millones de euros anuales en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social.
Por todo ello, desde UGT reclaman la aplicación efectiva de los convenios colectivos de Hostelería, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH), el cual incluye expresamente a las viviendas de uso turístico en su ámbito funcional. Sin embargo, muchas empresas gestoras eluden esta normativa de forma deliberada, aplicando conveni s que no se ajustan al objeto real de la actividad (limpieza de edificios y locales), el estatuto de los Trabajadores como referencia mínima o recurriendo directamente a la contratación informal: la economía sumergida.