El Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores dispone en su Capítulo I sobre el «Derecho de representación colectiva» (artículos 61 al 81) que «los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa a través de los órganos de representación regulados en este título», por medio de Elecciones Sindicales que se celebrarán cada cuatro años.