UGT CLM destaca que hayan bajado los accidentes laborales pero lamenta que siga creciendo la mortalidad

UGT Castilla-La Mancha resalta la disminución de los accidentes laborales registrada en los cinco primeros meses del año, un descenso del 3,6% que mantiene la tendencia a la baja de los últimos meses. Según las estadísticas publicadas hoy por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, en la comunidad autónoma -entre enero y mayo- se produjeron un total de 10.914 accidentes frente a los 11.312 del mismo periodo de 2024.

A pesar de esta evolución, el sindicato asegura que la valoración no puede ser positiva ya que la gravedad de los accidentes en las empresas de Castilla-La Mancha está aumentando. Así lo ponen de manifiesto las cifras de accidentes mortales, donde se ha pasado de las 12 víctimas mortales que hubo en 2024 a las 14 del presente ejercicio. Desde UGT Castilla-La Mancha se asegura que se trata de un dato especialmente preocupante en la medida en que 2024 ya fue de por sí un año con un importante incremento de las personas fallecidas.

Por provincias, los accidentes laborales descendieron sobre todo en Toledo, un 8,6%, y en Guadalajara, un 7,7%. También lo hicieron en Cuenca, un 3,3%. Por contra, subieron en Albacete, un 4,8%, y en Ciudad Real, un 2,2%.

Cuenca y Toledo, con cinco fallecidos cada una, son las provincias que acumulan los siniestros de mayor gravedad.

La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores de Castilla-La Mancha asegura que la bajada paulatina de los accidentes laborales “no nos puede llevar a bajar la guardia”, máxime cuando “vemos que en las empresas de la región muere cada vez más gente”.

“Nuestro objetivo es y será siempre cero muertes y accidentes en el trabajo. Para ello debemos exigir el cumplimiento estricto de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y acompañar esta obligación con otras medidas que venimos reclamando, como es la puesta en marcha de la figura del delegado territorial de prevención y así poder llegar a aquellas empresas con más índice de siniestralidad laboral, que son aquellas de menor tamaño y que no cuentan con representatividad sindical”.

El sindicato advierte de los riesgos que entrañan las altas temperaturas para la seguridad y salud de muchos trabajadores y trabajadoras en una comunidad como la nuestra, donde se sufre especialmente el estrés térmico. “Aquí debemos estar especialmente vigilante”.

El Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, establece que, en los trabajos al aire libre, y en aquellos lugares de trabajo que no puedan quedar cerrados, se deberán tomar las medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a los fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo las temperaturas extremas. Medidas que se derivarán de los resultados de la evaluación de los riesgos laborales, en la que deberán tenerse en cuenta las características de la tarea y las características personales.

De esta forma, está prohibido el desarrollo de tareas durante las horas del día en las que se den fenómenos adversos para aquellos casos en los que no se pueda garantizar la protección de la persona trabajadora. En este sentido, será de aplicación el art. 23 del RD 1561/1995, de 21 de septiembre, donde se indica en su apartado 3, que no procede reducir el salario de las personas trabajadoras afectadas por esta medida.

Para los casos de alerta de nivel naranja o roja, y cuando las medidas preventivas no garanticen la protección de las personas trabajadoras, se hace obligatorio adaptar las condiciones de trabajo, incluyendo la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada.

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