Sin registro horario, sin cumplir con el descanso semanal y sin cobrar el plus de nocturnidad: UGT lleva a la Inspección de Trabajo a una empresa de hostelería de Guadalajara

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La Inspección de Trabajo ha abierto acta de infracción e impuesto una sanción a la empresa Damayou Hostelería de Guadalajara por incumplir su obligación de registrar la jornada laboral y de abonar los pluses de nocturnidad a sus trabajadores y trabajadoras, actuación que se produce tras la denuncia presentada por la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC) de UGT.

En su texto de denuncia FeSMC UGT también esgrime que -además de la falta de un registro horario y del cobro de los pluses de nocturnidad- estos trabajadores y trabajadoras están haciendo jornadas diarias de 12 horas y de hasta 14 horas los fines de semana, con un solo día de libranza semanal, un exceso de horas que ni están permitidas ni están siendo remuneradas ni compensadas de ninguna manera. A ello añade que sus vacaciones están en los 26 días naturales al año, por debajo de lo estipulado, sin que además vean compensados los festivos que trabajan, tal y como establece el convenio.

Si bien el acta de infracción y la sanción solo hacen referencia al registro de jornada y al incumplimiento de la obligación de pagar el plus de nocturnidad, ya que al no existir este registro se pueden estar “encubriendo las horas extraordinarias”, la Inspección de Trabajo también hace un requerimiento a la empresa para que garantice a los trabajadores y trabajadoras el descanso semanal, compense los festivos trabajados y entregue ropa de trabajo.

La Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT advierte de lo extendido que está en el sector de la Hostelería de la provincia de Guadalajara no abonar el plus de nocturnidad, el cual representa una retribución específica incrementada en un 25% para las horas trabajadas entre las diez de la noche y las seis de la mañana.

Igualmente, y aunque el convenio colectivo no permite horas extraordinarias, asegura que al sindicato llegan muchos casos de trabajadores y trabajadoras que realizan horas extraordinarias sin que estas sean compensadas ni en remuneración ni en tiempo, ya que se detecta que la mayoría de las empresas del sector no disponen de registro de jornada y que ello es obligatorio desde mayo de 2019, así como la falta de pago de otros conceptos salariales que establece el convenio.

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