UPTA CLM satisfecha con la ampliación de la prestación por cese de actividad que afectará a 45.000 autónomos en CLM

El acuerdo para extender hasta el 30 de septiembre la prestación y crear un subsidio extraordinario para los autónomos de temporada lo firmaron ayer el ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, el presidente de UPTA, Eduardo Abad, y los presidentes de las otras dos organizaciones de autónomos, ATA y Uatae.

UPTA CLM celebra el acuerdo alcanzado con el Ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escriva, para extender la prestación extraordinaria por cese de actividad tres meses más, hasta el 30 de septiembre, y crear un subsidio extraordinario para los autónomos de temporada; medidas que alcanzarán a unos 45.000 autónomos en CLM según estima UPTA CLM.

El acuerdo ha llegado finalmente en los últimos días de este mes de junio, que era el último en el que los autónomos y autónomas podían cobrar la prestación extraordinaria motivada por el cierre por causa de fuerza mayor o por disminución de un 75% o más en la facturación debido a la COVID-19.

UPTA CLM explica que quienes finalicen la prestación extraordinaria por cese de actividad por haber recuperado parte de la actividad, se podrán beneficiar de una bonificación en la cuota de la Seguridad Social del 100% en el mes de julio, del 50% en el mes de agosto y del 25% en el mes de septiembre si la facturación este año es menos del 25% de la de 2019. De esta manera, la bonificación será compatible con el ejercicio de la actividad.

Por otra parte, si a fecha 30 de junio (final de la prestación extraordinaria por cese de actividad), el autónomo se encuentra en situación de vulnerabilidad económica, podría optar por acogerse a la prestación ordinaria por cese de actividad, durante un periodo de tres meses
(julio a septiembre), compatible con el ejercicio de la actividad.
En este caso se exigirá demostrar una disminución del 75% en la facturación respecto al tercer trimestre del año anterior, estableciendo en cualquier caso un límite de ingresos netos mensuales de 1,75 veces el SMI (1662,50 euros/mes). La gestión la llevarán las mutuas y habrá que volver a solicitar la prestación. Además, el cobro de esta prestación sí que computará como derechos consumidos y solamente habrá que pagar la parte de las contingencias profesionales de la cuota de Seguridad Social.

Aprobación de una prestación extraordinaria para los autónomos estacionales

Se aprueba, con carácter retroactivo, el cobro de una prestación para los autónomos estacionales o de temporada durante el periodo de junio/julio a octubre, mediante acreditación de haber estado dado de alta en los dos/tres años anteriores durante el periodo de abril/mayo a octubre. Cobrarán el 70% de la base reguladora y será compatible con el ejercicio de la actividad,
siempre y cuando respeten el límite de ingresos netos mensuales de 1,75 veces el SMI (1662,50 euros/mes).

“Desde UPTA CLM consideramos el acuerdo como muy positivo para los autónomos, y entendemos que el plazo se amplíe hasta el mes de septiembre para poder observar la evolución de la economía», sostiene el secretario general de UPTA CLM, César García. «No obstante, si la evolución no fuera positiva como esperamos, volveríamos a negociar la ampliación hasta el mes de diciembre, tal y como era nuestra propuesta inicial”, afirma.

“Por otra parte, creemos de justicia la toma en consideración de los llamados autónomos estacionales y la aplicación de medidas excepcionales para ellos, y pedimos a la JCCM que, igual que lo ha hecho el Estado, también el Gobierno Autonómico los tome en consideración en sus ayudas”, defiende García.

Deja una respuesta