Recientemente se ha conocido el fallo del Juzgado Contencioso-Administrativo de Guadalajara que da la razón a las trabajadoras del Centro Integral de Atención a Víctimas de Violencia de Género del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Este centro de titularidad municipal lleva prestando sus servicios de forma ininterrumpida desde hace 21 años, siendo ocupados los puestos de trabajo por las mismas profesionales con carácter temporal e ininterrumpidamente a lo largo de todo este tiempo. Tampoco han sido reconocidos estos puestos por el Ayuntamiento de Azuqueca como parte de la plantilla municipal, y en consecuencia no se incorporaron al proceso de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público tal y como marca la ley.
El juez reconoce que los puestos de trabajo de este servicio tienen, por un lado, carácter estructural dado que se llevan desempeñando 21 años. Por otro, que la entidad local tenía la obligación de incluirlos en la Oferta Pública de Empleo, en cumplimiento del art. 2 del Real Decreto Ley 14/2021 de reducción de la temporalidad en el Empleo Público. Y por último, que las actuaciones en la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, así como contra la violencia de género, constituyen una competencia propia del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares que debe prestarse de manera obligatoria.
Por lo tanto, el juez ordena al Ayuntamiento de Azuqueca, incluir en la Oferta de Empleo Público para 2023 las cinco plazas del Centro Integral, así como a aprobar la estabilización del empleo temporal de dichas plazas incluyéndolas en la OPE del Consistorio para el año 2023. Esta sentencia constituye un reconocimiento a la labor y a las profesionales del Centro y un logro de la Asesoría Jurídica de Servicios Públicos UGT en la defensa de sus derechos.