UGT va a solicitar formalmente al Sescam que asuma la gestión directa del servicio para garantizar los derechos de los trabajadores el propio servicio esencial sin el cual gran parte de la ciudadanía de CLM no habría tenido acceso a la atención necesaria durante la pandemia de la COVID-19.
El Tribunal Superior de Justicia de CLM ha fallado a favor de la Federación de Servicios Públicos de UGT CLM en la demanda de conflicto colectivo que presentó el sindicato contra la empresa SSG de Transporte Sanitario por los reiterados incumplimientos del convenio colectivo, entre ellos la omisión de las subidas salariales pactadas que debían haberse realizado en el mes de enero.
El responsable de Sanidad de FeSP UGT CLM, José Manuel Pinillos, recuerda que tras varias jornadas de protesta y lucha sindical se consiguió finalmente acordar el año pasado el IV Convenio Colectivo de Transporte Sanitario de CLM y unas subidas salariales dignas que paliaran la continua pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras del transporte sanitario. “Es vergonzoso que con el esfuerzo que han hecho los profesionales durante la pandemia las empresas ni siquiera estén siendo partícipes del reconocimiento social que está teniendo su labor y les pague incumpliendo un convenio recién firmado y unas subidas salariales más que urgentes dada la situación no recuperada desde los recortes de 2012”, defiende Pinillos.
En concreto, el nuevo convenio suponía avances importantes en derechos y una subida salarial del 7,5% desde el 1 de enero de 2020 a la que se sumaba la desaparición del descuento de 75€ que se les aplicaba a los profesionales desde 2012. Una subida que si bien no recuperaba totalmente las pérdidas de estos 8 años si avanzaba en la buena dirección.
El TSJ indica en su sentencia que el convenio es de obligado cumplimiento y que la subida salarial se debe aplicar. Desestima así la excusa de las empresas del supuesto acuerdo con el SESCAM que responsabilizaría al servicio de salud del impago. La sentencia recoge que “estamos frente a un convenio colectivo estatutario que es norma jurídica y que sólo cede ante normas de rango superior, en el que no se condicionó la subida salarial a la existencia de ningún acuerdo de reequilibrio entre la patronal y el SESCAM”. Valoración que da nuevamente la razón a UGT y desmonta las justificaciones que las empresas han estado utilizando durante este tiempo.
“A pesar del reconocimiento social, los aplausos y del riesgo que han asumido los trabajadores y trabajadoras del transporte sanitario, de los cuales un 20% ha tenido que ser dado de baja a lo largo de estos meses como consecuencia de la COVID-19, ha sido necesario recurrir a los tribunales para que se aplique una norma de obligado cumplimiento, esto nos da la medida de las empresas y nos confirma su falta de respeto por los profesionales que prestan este servicio esencial”, afirma Pinillos. Ante la citada sentencia solo cabe recurso de casación que UGT teme que la empresa presente con tal de no abonar las subidas pactadas, por lo que el sindicato ha abierto también la vía de denuncias individuales.
Para UGT es inadmisible que una empresa que presta un servicio público esencial como es el Transporte Sanitario no cumpla con el convenio colectivo del sector a pesar de estar obligada por ley y de los pliegos del contrato que tiene con la administración. Por este motivo, y acreditado el incumplimiento del Convenio Colectivo, UGT va a solicitar formalmente al Sescam que asuma la gestión directa del servicio. “A la vista de lo que está sucediendo con las empresas parece que esta es la única vía que permitirá garantizar los derechos de estos profesionales esenciales y de este servicio sin el cual en Castilla-La Mancha gran parte de la ciudadanía no habría tenido acceso a la atención necesaria durante esta pandemia”, concluye Pinillos.
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