El Instituto Nacional de la Seguridad Social toma en consideración la queja presentada al  Defensor del Pueblo por UGT Justicia AGE Albacete

El secretario general de UGT Albacete, Francisco Javier González, acompañado de la secretaria general de la FeSP UGT Albacete, María José Tomás y de Antonio Marín, responsable de AGE Albacete han informado en rueda de prensa de una queja que el sindicato presentó al Defensor del Pueblo y que ha tenido en consideración el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que supone un gran logro para los pensionistas.  

Todo se remonta al mes de noviembre de 2020, cuando UGT recibió numerosas quejas de pensionistas que habían visto incrementadas las cantidades embargadas en sus nóminas del mes de noviembre, mes en el que los pensionistas cobran las pagas ordinarias y extraordinarias, dicha cantidad a embargar se había incrementado en más del doble.

Desde UGT Justicia-Age, y analizando dichas situaciones de manera detenida, determinaron que el INSS había cambiado de criterio en cuanto a las cantidades inembargables en los meses que coincidían las pagas ordinarias y extraordinarias, pues el nuevo criterio del INSS era sumar ambas pagas en una y considerarlo un solo salario, y por lo tanto rebajar a la mitad el límite de la cantidad inembargable durante dichos meses.

UGT Justicia Albacete consideró que el cambio de criterio no era ajustado a derecho, e incumplía el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, pues consideraban que los meses que se cobraba paga ordinaria y extraordinaria había que aplicar como cuantía inembargable el doble del salario mínimo interprofesional, pues son dos pagas, una ordinaria y otra extraordinaria, y no una sola paga.

Esta discrepancia motivó la presentación de una queja al Defensor del Pueblo el día 4 de diciembre de 2020.

Con fecha 23 de noviembre del 2022, el Defensor del Pueblo ha comunicado a UGT Justicia Albacete, que el INSS ha dado la razón a los argumentos jurídicos presentados por dicha parte, y que en los meses en los que se cobre paga ordinaria y extraordinaria, la cuantía inembargable será el doble del salario mínimo interprofesional, 2000 euros este año 2022, y sobre el exceso a dicha cantidad se aplicará la escala de la cuantía embargable que dispone el artículo 607.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En los supuestos de que la paga extraordinaria estuviera prorrateada, el importe mensual inembargable sería este año 2022 de 1.166,66 euros. Este nuevo criterio de referencia ha supuesto la cancelación de 40.000 deducciones y la minoración de 67.000 en todo el territorio nacional.

Un gran avance que beneficia a todos los pensionistas y que ha sido posible gracias al trabajo constante de UGT en la provincia de Albacete.

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