El calor extremo:  Un arma letal para muchos trabajadores y trabajadoras

Por mucho que algunos se nieguen a verlo, el cambio climático es una realidad con la que tenemos que convivir. Y sus efectos están siendo ya muy evidentes. En los últimos 100 años, la temperatura media global ha aumentado 0,76 ºC (Grado Celsius). Y en España ese calentamiento ha sido de 1,5 ºC. Si a esto le unimos que nuestra comunidad autónoma, Castilla-La Mancha, es una de las regiones donde se registran las temperaturas máximas más elevadas, nos encontramos con un escenario preocupante.

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el calentamiento global convertirá el estrés térmico y las condiciones meteorológicas extremas en fenómenos habituales. Con lo que esto conlleva para muchos trabajadores y trabajadoras, fundamentalmente aquellos que trabajan a la intemperie. En los últimos años ya hemos sido testigos de varias muertes de trabajadores por golpes de calor.

Desde UGT Castilla-La Mancha llevamos mucho tiempo reclamando que se tomen medidas urgentes para prevenir y actuar ante posibles casos de estrés térmico. Además, formamos y asesoramos a nuestros delegados y delegadas en esta materia, y estamos vigilantes para que las empresas cumplan con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Pero está claro, que todavía queda mucho por avanzar.

En este sentido, recientemente, concretamente el pasado día 12 de mayo de 2023, se publicó en el Boletín oficial del Estado el Real Decreto-Ley 4/2023, de 11 de mayo, donde se establecen nuevas obligaciones para las empresas respecto de sus personas trabajadoras.  Con ello se intenta proteger la seguridad y salud en el trabajo de quienes prestan su actividad laboral al aire libre o en condiciones de mayor exposición a temperaturas o fenómenos meteorológicos extremos.

El estrés térmico por calor es el exceso de calor que las personas trabajadoras reciben y está causado por distintos factores que producen acumulación de calor en el cuerpo. Una acumulación excesiva de calor en el organismo, tanto por temperaturas y humedades relativas elevadas, como por el calor que genera el cuerpo durante actividades físicas, puede provocar agotamiento, calambres y afecciones cutáneas. Y en ocasiones incluso la muerte.

Lógicamente hay puestos de trabajo y sectores más expuestos a cargas de calor excesivas como son aquellos que se dan en instalaciones cerradas donde haya altas temperaturas, fuentes de calor, contacto directo con objetos calientes, alta humedad y/o se realice una fuerte actividad física. Por ejemplo, las fundiciones, fábricas de cerámica, de cristal, de ladrillos, de cemento, minerías, fábricas de conservas, panaderías…

Y los trabajos que se desarrollan al aire libre con tiempo caluroso, por ejemplo, la construcción, agricultura y pesca, sector forestal, electricidad, mantenimiento de carreteras,  etc.

En los meses de verano, las condiciones ambientales a las que se encuentra expuesta cierta población trabajadora pueden ser la causa de accidentes de trabajo, algunos de ellos de consecuencias muy graves o mortales.

La prevención en estos casos es vital.  El Real Decreto-Ley 4/2023 establece que deberán tomarse medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas. Es necesario realizar medidas adecuadas frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos extremos, y las empresas deberán llevarlas a cabo. Entre estos riesgos se identifica expresamente el derivado de las temperaturas extremas. Para aplicar estas medidas previamente habrá que hacer una evaluación de riesgos laborales teniendo en cuenta las características del trabajo como las de las personas trabajadoras. Necesariamente estas empresas van a tener que actualizar su evaluación de riesgos para incluir esta perspectiva. En el caso de trabajos al aire libre cualquier actividad laboral realizada en épocas de altas temperaturas, durante el día y al aire libre, implicará necesariamente una evaluación específica del riesgo de estrés térmico.

Además, hay medidas que debemos tener en cuenta para prevenir el estrés térmico en los lugares de trabajo. Y que las empresas deben tomar. Como buscar el horario más cómodo para realizar la actividad. En caso de que no sea posible,  habilitar zonas de sombra para el descanso y suministrar bebida y comida para evitar el agotamiento y los golpes de calor.

Disminuir la intensidad del trabajo en las horas de mayor insolación (en torno al mediodía), realizando descansos periódicos. Llevar ropa lo más fresca posible (camisa de manga corta y pantalón corto) amplia y de colores claros. Utilizar calzado fresco, cómodo y que transpire. E hidratarse regularmente.

Conocer los síntomas de un posible golpe de calor, también es fundamental. Por ello, un plan formativo adecuado debería contemplar los conceptos de estrés térmico, sobrecarga térmica y efectos del calor sobre el cuerpo humano. Además, la formación debería incluir instrucciones precisas sobre las pautas a seguir para prevenir el riesgo (frecuencia y duración de los descansos, pautas de hidratación, trabajos de mayor intensidad y cuándo deben realizarse, actuaciones especiales en caso de ola de calor, etc.).

El estrés térmico laboral representa pérdidas millonarias para las empresas y un riesgo muy grande para sus trabajadores y trabajadoras. La seguridad y la salud en el trabajo deben considerarse de una vez por todas  un derecho fundamental de los trabajadores/as.

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